Supuesto práctico 44 · Reintegro de subvención iniciado de oficio

Administrativos del Estado Turno Libre

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Enunciado del supuesto práctico

Léelo con calma: las preguntas de este test se basan en este texto.

La Asociación Deportiva Valle Claro, persona jurídica, recibió de un organismo de la Administración General del Estado una subvención para organizar torneos juveniles. Al revisar la justificación, don Aurelio Prieto, subdirector general competente para iniciar el procedimiento, comprueba que parte de los fondos se destinó a otra finalidad. La directora general doña Beatriz Lara, su superior jerárquica y competente para resolver, le ordena que inicie un procedimiento de reintegro, de intervención y con posibles efectos desfavorables para la entidad.

El lunes 22 de noviembre de 2027 don Aurelio, que actúa también como instructor, dicta el acuerdo de iniciación. Una norma con rango de ley fija en ocho meses el plazo máximo para resolver y notificar. Durante la instrucción pide un informe preceptivo al servicio económico del organismo y la Asociación propone una prueba pericial contable cuyo coste no debe soportar la Administración. El trámite de audiencia se notifica a la Asociación, obligada a relacionarse por medios electrónicos, el lunes 14 de febrero de 2028, con un plazo de doce días.

El lunes 3 de julio de 2028 doña Beatriz dicta la resolución de reintegro, a la que la Asociación accede en la sede electrónica el miércoles 5 de julio.

Los únicos días inhábiles son los sábados, los domingos y los festivos lunes 6 y miércoles 8 de diciembre de 2027.

1. 

¿Qué formas de iniciación de oficio reconoce la Ley 39/2015 para un procedimiento como el del reintegro?